Ninguna entidad nacional vigila los parques de diversiones
Martes, 01 de Marzo de 2011 09:19 |
| Noticias - Noticias |
La norma indica que la vigilancia de estos lugares corresponde a las alcaldías.
La tragedia de Juliana Jaramillo Gómez -de 6 años- y de otros cuatro niños en una atracción mecánica del Parque Norte de Medellín, el pasado sábado, revivió las dudas sobre los controles del cumplimiento de las normas en los parques de diversiones, en varios de los cuales niños y hasta adultos han sufrido accidentes.
La Asociación Colombiana de Parques y Atracciones (Acolap) explica, a través del abogado Julio Vanegas, miembro de la junta directiva, que estos lugares se rigen por una ley -la 1225 del 2008- y una resolución del Ministerio de Turismo, Industria y Comercio -la 0958 del 2010- que reglamentó la ley. Las dos trazan las normas con base en protocolos de seguridad internacionales.
Pero el mismo Vanegas afirma que si bien la norma es suficiente porque cumple con esos estándares, "no hay una entidad que regule el tema, ya que se trata de algo muy especializado".
De hecho, los protocolos indican que el operador, es decir el dueño del parque, es el responsable de certificar a las personas que harán el chequeo de las máquinas. No existe una entidad certificadora y las empresas o expertos del medio de las diversiones se encargan de esto con base en lo que dicta la Asociación de Estándares Mundiales (ASTM, por sus siglas en inglés).
Las normas de seguridad incluyen verificaciones diarias (check list) de las máquinas y de los dispositivos de entretenimiento con operaciones prescritas en mantenimiento y operación, a cargo de personal especializado.
La ley que contiene estos protocolos fue expedida en concertación con la Asociación de Parques, a la cual pertenece, por ejemplo, Metroparques, dependencia de la Alcaldía de Medellín, encargada de la administración del Parque Norte.
El representante de Acolap recuerda, además, que la resolución, que tiene fuerza de ley, indica que la vigilancia de los parques de diversiones les corresponde a las secretarías de gobierno distritales o municipales. Es decir, que en el caso de Medellín la
Alcaldía se vigila a sí misma.
Vale recordar que el alcalde, Alonso Salazar, anunció el cierre, no solo del Parque Norte, sino de otro centro de diversiones.
Una vocera de la Superintendencia de Industria y Comercio, que aclaró que la entidad no tiene nada que ver con este tipo de establecimientos, señala que son las alcaldías las que se encargan de expedir las licencias de funcionamiento.
Por ahora, según el abogado de Acolap, no hay mayores argumentos para saber qué pasó realmente en Medellín. "Debo reconocer que los directivos del parque siempre han estado atentos a actualizar a su gente y a funcionar con los lineamientos de rigor", anotó.
Lo cierto es que, aunque no existe una entidad que vigile, la norma exige que quede constancia escrita de las actuaciones del personal de cada parque, que debe guardarse por un año. Eso se evaluará durante la investigación del caso de Medellín.
La Asociación Colombiana de Parques y Atracciones (Acolap) explica, a través del abogado Julio Vanegas, miembro de la junta directiva, que estos lugares se rigen por una ley -la 1225 del 2008- y una resolución del Ministerio de Turismo, Industria y Comercio -la 0958 del 2010- que reglamentó la ley. Las dos trazan las normas con base en protocolos de seguridad internacionales.
Pero el mismo Vanegas afirma que si bien la norma es suficiente porque cumple con esos estándares, "no hay una entidad que regule el tema, ya que se trata de algo muy especializado".
De hecho, los protocolos indican que el operador, es decir el dueño del parque, es el responsable de certificar a las personas que harán el chequeo de las máquinas. No existe una entidad certificadora y las empresas o expertos del medio de las diversiones se encargan de esto con base en lo que dicta la Asociación de Estándares Mundiales (ASTM, por sus siglas en inglés).
Las normas de seguridad incluyen verificaciones diarias (check list) de las máquinas y de los dispositivos de entretenimiento con operaciones prescritas en mantenimiento y operación, a cargo de personal especializado.
La ley que contiene estos protocolos fue expedida en concertación con la Asociación de Parques, a la cual pertenece, por ejemplo, Metroparques, dependencia de la Alcaldía de Medellín, encargada de la administración del Parque Norte.
El representante de Acolap recuerda, además, que la resolución, que tiene fuerza de ley, indica que la vigilancia de los parques de diversiones les corresponde a las secretarías de gobierno distritales o municipales. Es decir, que en el caso de Medellín la
Alcaldía se vigila a sí misma.
Vale recordar que el alcalde, Alonso Salazar, anunció el cierre, no solo del Parque Norte, sino de otro centro de diversiones.
Una vocera de la Superintendencia de Industria y Comercio, que aclaró que la entidad no tiene nada que ver con este tipo de establecimientos, señala que son las alcaldías las que se encargan de expedir las licencias de funcionamiento.
Por ahora, según el abogado de Acolap, no hay mayores argumentos para saber qué pasó realmente en Medellín. "Debo reconocer que los directivos del parque siempre han estado atentos a actualizar a su gente y a funcionar con los lineamientos de rigor", anotó.
Lo cierto es que, aunque no existe una entidad que vigile, la norma exige que quede constancia escrita de las actuaciones del personal de cada parque, que debe guardarse por un año. Eso se evaluará durante la investigación del caso de Medellín.
Medidas de seguridad que les exigen a los operadores
1. Plan de emergencia (brigadas entrenadas y planes de mitigación) avalado por comités locales o autoridades competentes.
2. Salidas y rutas de evacuación adecuadas y señalización clara.
3. Certificación de bomberos sobre la idoneidad de las instalaciones contra incendios y de los planes contra inundaciones sismos, y tormentas eléctricas.
4. Mantenimiento y chequeo diario de máquinas, realizado por personal idóneo.
2. Salidas y rutas de evacuación adecuadas y señalización clara.
3. Certificación de bomberos sobre la idoneidad de las instalaciones contra incendios y de los planes contra inundaciones sismos, y tormentas eléctricas.
4. Mantenimiento y chequeo diario de máquinas, realizado por personal idóneo.
Tomado de: ELTIEMPO.COM
| < Prev | Próximo > |
|---|
















